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11.4.16

GANANCIAS Y BIENES PERSONALES: AFIP FIJÓ UN VENCIMIENTO PARA LAS PRESENTACIONES DE LAS DECLARACIONES JURADAS Y PAGO

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogó por 10 días el vencimiento para la presentación de las declaraciones juradas de Ganancias y Bienes personales y, de corresponder su pago, para el período fiscal 2015.
 
La medida se establece a través de la Resolución General 3860, que se publicará próximamente en el Boletín Oficial
 
El vencimiento comprende a aquellas personas que, al 31 de diciembre de 2015, posean bienes por un monto igual o superior a $ 305.000 y que no tengan participación en sociedades que cierren ejercicio comercial en el mes de diciembre o que teniéndolas consistan en acciones de empresas que cotizan en bolsa o mercado de valores.
 
 
TERMINACIÓN
CUIT
FECHA DE
PRESENTACIÓN
FECHA DE PAGO
 
0, 1 y 2
 
Hasta el día 21, inclusive
Hasta el día 22, inclusive
 
3, 4 y 5
Hasta el día 22, inclusive
Hasta el día 25, inclusive
6, 7, 8 y 9
Hasta el día 25, inclusive
Hasta el día 26, inclusive
 
 
 
 
¿Quiénes se encuentran obligados a presentar las declaraciones juradas?
 
 
  • Impuesto a las Ganancias
 
 
Quienes se encuentren inscriptos en el impuesto.
 
Los contribuyentes autónomos que obtengan ingresos por cualquier actividad (excepto que se hubieran adherido al monotributo incluyendo los ingresos obtenidos por todas sus actividades autónomas).
 
 
 
  • Impuesto sobre los Bienes Personales
 
 
Quienes se encuentren inscriptos en el impuesto.
 
Si al 31 de diciembre del año anterior poseen bienes que -valuados según la normativa vigente- superen los $305.000
 
 
Más información en: www.afip.gob.ar
 
 
 

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