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28.6.10

Fallo a Favor de los Servicios Diferenciales



La Cámara Civil , Comercial, Minas y Laboral Nº 1 revocó la medida cautelar dictada por el magistrado que se encuentra a cargo del Juzgado Civil, Comercial y Minas Nº 4, Dr. Agustín Ruta, que en el pasado mes de marzo suspendió el llamado a Concurso para Servicio Diferencial en Diferentes Corredores de la Provincia que había realizado el Ministerio de Transporte, Industria y Comercio mediante el dictado de la Resolución Nº 9/2010.
La presentación cautelar realizada por el Dr. Néstor Novile - en representación de la Empresa Sematur – Portal de Cuyo – suspendía la Convocatoria de Proyectos para cubrir 12 corredores de servicios con características diferenciales en toda la provincia. La medida cautelar de no innovar dictada por el juez bajo el argumento de que era una “amenaza al derecho a trabajar en la forma actual y el de propiedad pues disminuirán los pasajes que hoy tiene asegurados”, ordenó al Programa de Transporte, suspender la aplicación de la citada Resolución .
La apelación realizada por Fiscalía de Estado, resultó favorable a lo actuado por el estado provincial. En sus considerandos, la Cámara expresa que “para decretar una medida cautelar el juez tiene que apreciar si se encuentran reunidos dos requisitos básicos, a saber: verosimilitud del derecho y peligro en la demora” … ”De los elementos acompañados y se tiene a la vista por haberse requerido el expediente principal con su documentación, no surge “prima facie” configurado el requisito mencionado, pues de ninguno de ellos emerge el derecho a la exclusividad en los recorridos que le fueron adjudicados.”
La Cámara revoca la medida presentada por el Dr. Novile argumentando que “Debe recordarse que la concesión de servicios públicos es un contrato administrativo. Y que los eventuales daños y perjuicios por incumplimientos de la contratante tienen la vía apropiada para su reclamo, que excede prima facie el marco sumarísimo del amparo”
La Resolución dictada por la Cámara Civil , Comercial, Minas y Laboral Nº 1, hace lugar al recurso de apelación deducido, revoca la resolución impugnada, rechazando la cautelar peticionada con costas para el peticionario.
La Ministra de Transporte, Industria y Comercio, Dra. María José Scivetti, manifestó que en los próximos días se pondrán en funcionamiento los mecanismos que aseguren nuevas ofertas de transporte publico de pasajeros en aquellos corredores que se habían diseñado en el concurso que, ha pedido de la empresa Portal de Cuyo, el Juez había suspendido.



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