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29.12.09

Boletìn de Prensa del Gobierno de la Provincia de San Luis

DEMANDA DE SAN LUIS CONTRA EL GOBIERNO NACIONAL POR LAS RESERVAS DEL BANCO NACIÓN

El Gobierno de la Provincia de San Luis presentó este lunes ante la Corte Suprema de Justicia una demanda contra el Estado Nacional con el fin de impugnar el decreto que establece la utilización de dineros del Banco de la Nación en el pago de la deuda externa.

La medida la inició este lunes el Fiscal de Estado de San Luis, Dr. Eduardo Allende, quien adelantó que la presentación realizada en el CSJN con el Nº S-942, será tratada este martes por la mañana.

La medida busca frenar la disposición establecida en el decreto de necesidad y urgencia que la presidenta, Cristina Fernández de Kirchner, rubricó con la intención de hacer uso de 6.500 millones de dólares de reservas del Banco Nación, este monto encuadrado en el denominado ‘Fondo del Bicentenario para el Desendeudamiento y la Estabilidad’.

Según el texto presentado por el Dr. Allende, la demanda se presenta “en términos del art. 43 de la Constitución Nacional (CN) y ley 16986 (en lo que no haya sido derogado o modificado por la norma constitucional citada) contra el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) n° 2010/2009 (Boletín Oficial, 15/12/09) el que resulta lesivo, de manera inminente y con arbitrariedad e inconstitucionalidad manifiesta, de los derechos de la Provincia de San Luis y de los derechos de incidencia colectiva de los ciudadanos de la misma”.

En otro de su párrafos, manifiesta que “se solicita de V.E. la declaración de la inconstitucionalidad del DNU 2010/09 por resultar manifiesta e insalvablemente contradictorio y violatorio de los arts. 4, 75, incs. 2, 3, 4, 6, 7, 8 y 19; art. 99, inc. 3; art. 100, inc. 3, todos de la Constitución Nacional. Asimismo, el DNU 2010/09 es insanablemente nulo en los términos del art. 36, CN, lo que así se solicita se declare, sin perjuicio de las sanciones que tal norma y el art. 29, CN, prevén, lo que deberá ser perseguido por la vía que corresponda. La acción también se dirige contra la resolución de aplicación n° 419/09 del registro del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas y, en lo que pueda considerarse aplicable al caso, incluye la petición de inconstitucionalidad e inaplicación de la ley 26.563”.

La demanda, aclara de forma contundente que “de esta manera la Provincia se encuentra legitimada en la defensa de su propio interés (daño personal y directo, art. 43, CN, primer párrafo) y por defensa de los derechos de incidencia colectiva del Pueblo de la Provincia (art. 43, CN, segundo párrafo), al que se lo somete a cargas tributarias sin soporte legal válido a través de la vía indirecta generada por la norma impugnada. Ello porque el DNU referido afecta de un modo particularmente intenso el poder delegado a la Nación y auto-limitado a las provincias, que la Constitución atribuye al Congreso, de hacer sellar moneda y fijar su valor (conf. art. 75, inc. 11 y art. 126 C.N.), de donde resulta que mediante la ilegal conducta del Poder Ejecutivo, que este amparo intenta remediar, caerá sobre la Provincia y su población, así como respecto a las demás provincias y sus respectivas poblaciones, el efecto conocido como impuesto inflacionario, que constituye un modo espurio de imponer cargas tributarias sobre la población, en violación a los arts. 4 y 17 de la Constitución, al hacerlo sin la correspondiente sanción legislativa. Y sabido es que la materia tributaria no puede ser legislada por medio de decretos (conf. art. 99, inc. 3, tercer párrafo C.N.).

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