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1.6.09

SE CREA LA FEDERACION CUYANA DE COLEGIOS DE ABOGADOS

El pasado 15 de mayo de 2009, por declaración conjunta de los Colegios de Abogados de las Provincias de San Luis, San Juan, La Rioja y Mendoza han expresado la decisión de formalizar la constitución de la FEDERACIÓN cuyana DE COLEGIOS DE ABOGADOS, mediante la firma del acta constitutiva y estatuto correspondiente a trinta días de la fecha de la declaración.
Su OBJETIVOS:

DECLARACIÓN CONJUNTA


En la Ciudad de San Juan, a los quince días del mes de Mayo de Dos Mil Nueve, reunidos el Colegio de Abogados y Procuradores de la Primera Circunscripción Judicial de Mendoza, el Foro de Abogados de San Juan, el Consejo de Abogados y Procuradores de La Rioja, y el Colegio de Abogados y Procuradores de la Ciudad de San Luís

Y en CONSIDERACIÓN:

a) Al marco jurídico constitucional, con el fin de promover el desarrollo económico y social, en virtud de lo establecido por el artículo 124 de la Constitución Nacional, y el desarrollo humano, la salud, la educación, la ciencia, el conocimiento y la cultura, de conformidad a lo estipulado en el artículo 125 de la referida Ley Suprema de la Nación

b) A las finalidades, funciones, deberes y facultades establecidos en las respectivas leyes de colegiación provinciales, y a la idea compartida por las instituciones signatarias del presente de acompañar el proceso de integración regional que permita potenciar las ventajas de cada uno de los Colegios existentes en la Región Cuyo, y para sumar esfuerzos para resolver problemas comunes;

d) A la convicción de que, la vinculación entre Colegios de Abogados de diferentes jurisdicciones, lejos de afectar la autonomía y quitar protagonismos a cada uno, los fortalecen a través del lineamiento de objetivos comunes y la potenciación de singularidades en un proyecto colectivo;

e) A la seguridad de que, las vinculaciones regionales de los colegios profesionales están orientadas a satisfacer las necesidades locales en el marco de un federalismo de concertación, y en modo alguno se interponen u obstaculizan el accionar de la abogacía organizada a nivel nacional;

Con el OBJETIVO de:

1) Bregar por la tutela de la libertad y dignidad de la profesión de abogado, la elevación del nivel cultural y académico, la distribución del conocimiento, la colaboración interinstitucional para el cumplimiento de las funciones legales y la promoción de actividades conjuntas tendientes el mejoramiento de la Administración de Justicia, fomentando el espíritu de solidaridad, y de asistencia recíproca entre los abogados de distintas jurisdicciones.

2) Crear, perfeccionar o propiciar la creación de instituciones de previsión, cooperación, ayuda mutua y recreación.

3) Combatir el ejercicio ilegal de la profesión y vigilar la observancia de las normas de ética profesional.

4) Procurar la elevación del nivel cultural y profesional de los abogados mediante la realización de congresos, jornadas, seminarios conjuntos, conferencias y cursos de formación y especialización.

5) Potenciar la cooperación mutua entre las Instituciones en materias de tipo técnico, de gestión colegial y previsión.

6) Intercambiar información sobre publicaciones.

7) Cuidar el cumplimiento estricto de los principios rectores del ejercicio de la profesión en el ámbito de las relaciones de los abogados con la Administración de Justicia y tutelar el derecho fundamental de defensa.

8) Establecer una mutua cooperación para el uso de los servicios que brindan los colegios a sus colegiados

DECLARAN:

I.- Que en mérito de las consideraciones y objetivos expuestos, a los fuertes vínculos que los unen, y a una firme y reiterada decisión de integrarse, consideran oportuno y necesario impulsar la creación de la FEDERACIÓN cuyana DE COLEGIOS DE ABOGADOS, que estará integrada por los Colegios de Abogados existentes en la Provincias de Mendoza, San Juan, La Rioja, San Luis y los que deseen incorporarse a la misma.-

II.- Que, en consecuencia, en nombre y representación de los Colegios respectivos, expresan la decisión de formalizar la constitución de la FEDERACIÓN cuyana DE COLEGIOS DE ABOGADOS, mediante la firma del acta constitutiva y estatuto correspondiente, dentro de los treinta días siguientes a la fecha, en el lugar que designe la Comisión Intercolegial creada por el presente.-

III.- Que a los fines de la redacción del estatuto y acta constitutiva, resuelven crear una Comisión Intercolegial, que estará integrada por un delegado de cada colegio, debiendo concluir su cometido dentro del plazo fijado más arriba.-

IV.- Los Colegios signatarios a través de sus representantes cursarán invitación a cada uno de los Colegios existentes en la Región Cuyo para adherir a ésta Declaración y designar a sus delegados.

V.- Que una vez confeccionados por la Comisión Intercolegial los textos del acta constitutiva y estatuto, los representantes de las instituciones signatarias del presente, los someterán de inmediato a la aprobación del órgano pertinente de conformidad a las disposiciones estatutarias de cada colegio.-

En prueba de conformidad, firman la presente declaración los representantes en cuatro ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto.-

COLEGIO DE ABOGADOS Y PROCURADORES DE LA PRIMERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE MENDOZA
FORO DE ABOGADOS DE
SAN JUAN

http://noticiasampliadas.blogspot.com/2009/06/vi-encuentro-iberoamericano-de-derecho.html

COLEGIO DE ABOGADOS DE
Y PROCURADORES DE LA CIUDAD DE SAN LUÍS
CONSEJO DE ABOGADOS
Y PROCURADORES DE LA RIOJA

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