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26.5.09

Las causas de las Defensorías de Menores e Incapaces podrán acceder a Mediación sin patrocinio letrado


INFORME DE PRENSA

Acuerdo Nº 300 de fecha: 21/05/09

Para facilitar el acceso al proceso de mediación de las personas que se encuentran en la imposibilidad de afrontar los gastos establecidos en dicho proceso, el Superior Tribunal de Justicia dispuso que las partes, cuyas causas deriven de las Defensorías de Menores e Incapaces, podrán concurrir sin patrocinio letrado.
La presente medida fue dispuesta el día 21 de mayo de 2009, a través del Acuerdo Nº 300, en el cual el máximo cuerpo judicial incorporó al Artículo 2 (referente al Patrocinio Letrado) del Acuerdo 710/08 del Anexo A, que regula el Plan Piloto de Mediación Judicial, el siguiente párrafo: “Cuando se traten de asuntos derivados de las Defensorías de Menores e Incapaces, las partes podrán concurrir al proceso de mediación sin asistencia letrada”.
En sus fundamentos, el STJ recordó la implementación de las “100 Reglas de Acceso a la Justicia de las personas en condición de vulnerabilidad” -(Acuerdo Nº 156/09)- y citó el siguiente fragmento: “El sistema judicial se debe configurar, y se está configurando, como un instrumento para la defensa efectiva de los derechos de las personas en condición de vulnerabilidad. Poca utilidad tiene que el estado reconozca formalmente un derecho si su titular no puede acceder de forme efectiva al sistema de justicia para obtener la tutela de dicho derecho. Si bien la dificultad de garantizar la eficacia de los derechos afecta con carácter general a todos los ámbitos de la política pública, es aun mayor cuando se trata de personas en condición de vulnerabilidad dado que estas se encuentran mayores obstáculos para su ejercicio. Por ello, se deberá llevar a cabo una actuación más intensa para vencer, eliminar o mitigar dichas limitaciones. De esta manera el propio sistema de justicia puede contribuir de forma importante a la reducción de las desigualdades sociales. Favoreciendo la cohesión social”.


Informe de prensa Nº 175 San Luis, 26 de mayo de 2009.

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