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25.4.07

El Bloque Justicialista Pide Veedor Electoral A La Corte Suprema De Justicia








El Bloque de Senadores Provinciales Justicialistas de la Provincia de San Luis brindó Conferencia de Prensa en donde presentó un Proyecto de Declaración donde solicita a la Suprema Corte de Justicia de la Nación que designe de manera inmediata, un veedor electoral para los comicios en que se elegirá un intendente municipal y siete concejales en la Ciudad de San Luis el próximo 29 de julio.
“La presencia de un veedor permitirá a los partidos políticos que participan del acto eleccionario y a todos los que su voto va a ser respetado y quien asuma la intendencia de la Ciudad de San Luis tendrá la legitimidad que solamente da el voto popular cuando es emitido por la ciudadanía” expreso la Presidenta del Bloque de Senadores Justicialistas, Senadora Maria Antonia Salino.
Al ser consultada sobre la forma en que fue designado el representante del Colegio de Abogados de la Ciudad de San Luis manifestó que “En post de las transparencia del próximo acto comicial consideramos que los actos de gobierno deben ser públicos, nadie desconfía de la profesionalidad de la escribana de la Municipalidad de San Luis, pero ella es funcionaria de este gobierno municipal y venimos de una dolorosa y triste experiencia con respecto a este gobierno municipal, hemos dado vuelta la pagina y salimos a la cancha a pelear pero no nos olvidamos del 9 de noviembre… El sorteo del Dr. Campos nadie sabe como se hizo, cuando se hizo ni delante de quien se hizo y es por ello que se torna sospechoso, me parece que están complicando algo que no debiera ser tan complicado” respondió la Senadora Salino
El Senador Daniel Herrara expresó que lo que el Bloque Justicialista y los ciudadanos de la Ciudad de San Luis están pidiendo son “garantías para todos los partidos y sectores que van a ser protagonistas de esta elección, pedimos garantías para este acto eleccionario sea limpio y transparentes”.
Sobre este punto el Senador Pablo Bronzi manifestó que “Hay dos hechos puntuales que queremos remarcar, uno de ellos son los antecedentes de la elección anterior por un lado, que son bastantes nefastos, y la importancia de que el próximo 29 de julio se elige al intendente de la ciudad mas importante de la Provincia de San Luis y al no haber participado el Superior Tribunal no haya querido participar del tribunal electoral se tendría que haber invitado al acto en donde se eligio por sorteo al representante del Colegio de Abogados a los actores principales del acto comicial y los actores principales, estos son los partidos políticos, no han sido invitados”










PROYECTO DE DECLARACION
VISTO:
La necesidad de transparencia que debe llevar impreso el acto eleccionario a desarrollarse en fecha 29 de Julio de 2.007, en la Ciudad de San Luis, mediante el cual se elegirán INTENDENTE MUNICIPAL y SIETE CONCEJALES, y;
CONSIDERANDO:
Que el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de San Luis, rechazó el pedido del Partido Justicialista de la Provincia de San Luis, para que reviera su negativa a integrar el Tribunal Electoral; uno de los organismos de control de las elecciones municipales de la ciudad de San Luis;
Que la nueva Resolución Judicial Nº 25 del máximo órgano de la Justicia Ordinaria de la Provincia de San Luis, ratifica la Acordada anterior Nº 172, por la cual los Ministros del Superior Tribunal se niegan a contribuir y cooperar al sostenimiento de la seguridad democrática en la ciudad de San Luis;
Que el Superior Tribunal de Justicia, debió ser el legítimo aval del acto eleccionario;
Que no existen garantías suficientes, fácticas ni jurídicas, que certifiquen transparencia y legalidad a la elección a desarrollarse en la Ciudad de San Luis, sobre todo, frente al público conocimiento de maniobras fraudulentas y reñidas con prácticas republicanas, elucubradas desde la conducción ilegítima de la actual Intendencia de la Ciudad de San Luis;
Que en fecha 23 de Abril de 2007, ha quedado conformado el Tribunal Electoral Municipal, al que ha accedido ilegalmente uno de sus miembros;
Que el Abogado del foro local, Dr. Ignacio Campos, reemplazante del miembro del Superior Tribunal que tenía que asumir, debió abstenerse de su asunción, atento la irregularidad en la composición del Tribunal, toda vez que dicen, que fue sorteado de la nomina de abogados inscriptos en la matricula provincial del Colegio de Abogados, sin la participación en el referido sorteo, de los ONCE partidos políticos, incluido el Partido Justicialista de la Provincia de San Luis, que componen la denominada Mesa del Dialogo Político;
Que la inexistencia de garantías constitucionales que brinden seguridad democrática a la elección, y que defiendan el derecho de los ciudadanos de elegir y de ser elegidos, amerita se dé inmediata intervención a organismos constitucionales, jerárquicos y superiores que lo realicen;
Que la situación supra descripta, debe ser inexcusablemente conocida por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, quien designara en su momento al Intendente de la Ciudad de San Luis, y que deberá constituirse en la garantía del acto eleccionario a desarrollarse, designando un Veedor al efecto;
Que para mayor legalidad, legitimidad y transparencia eleccionaria, resulta procedente además, dar a conocer tal situación a organismos del Gobierno Nacional, tal como el Ministerio del Interior, como así también a organismos internacionales, tal como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos;
Que la situación planteada por este Cuerpo Legislativo, no significa el desconocimiento de la Independencia del Poder Judicial en su más jerárquica composición
POR ELLO:
LA HONORABLE CAMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS
DECLARA
ARTICULO 1º: “Adherir a la petición formulada por el Consejo Provincial del Partido Justicialista – Distrito San Luis - con relación a que la Corte Suprema de Justicia de la Nación, designe de manera inmediata, un veedor electoral, en los comicios a llevarse adelante en la Ciudad de San Luis, en fecha 29 de julio de 2007, en cuyo acto eleccionario se elegirán un intendente municipal y siete concejales capitalinos.
ARTICULO 2º: A fines de lo resuelto, para conocimiento y asunción de las responsabilidades legales y republicanas que correspondieren, notificar al poder ejecutivo nacional, ministerio del interior, organismos pertinentes, Cámara De Diputados De La Provincia De San Luis, al Congreso De La Nación Argentina en su doble composición, y a la Comisión Interamericana De Derechos Humanos.
ARTICULO 3º: De forma.

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